Diferenciasentre la propiedad y el usufructo. Al constituirse un usufructo sobre un inmueble se crea una situaci贸n en la que las capacidades, derechos y obligaciones que conlleva la propiedad se reparten entre dos figuras: el llamado usufructuario y el nudo propietario. El usufructuario ostenta el derecho al uso y disfrute del bien.
Gozande exenci贸n la plena propiedad, la nuda propiedad y el derecho de usufructo vitalicio sobre las participaciones en entidades, siempre que se cumplan cada uno de los requisitos indicados a continuaci贸n, relativos al porcentaje de participaci贸n, a las funciones de direcci贸n y retribuci贸n de las mismas, y a la entidad participada.Aceptaci贸nde herencia por la cantidad de 4.112 euros en met谩lico y la tercera parte indivisa en la nuda propiedad de una vivienda valorada en algo m谩s de 15.000 euros. Disfrute del usufructo por un tercero (hermano de la beneficiaria). Imputaci贸n como ingreso por la comunidad aut贸noma de la totalidad del valor de la herencia.ElTribunal Supremo se ha pronunciado recientemente, en su sentencia n.潞 1627/2022, de 12 de diciembre, ECLI:ES:TS:2022:4569, acerca de si la nuda propiedad es t铆tulo suficiente para aplicar la exenci贸n por reinversi贸n en vivienda habitual en el IRPF, en caso de cumplirse el requisito de residencia en la vivienda durante m谩s de tres a帽os, o si, por Habitualmentese considera que el derecho de propiedad pleno comprende tres facultades principales: uso (ius utendi), disfrute (ius fruendi) y abuso (ius abutendi), [4] distinci贸n que proviene del derecho romano o de su recepci贸n medieval. [5] Tiene tambi茅n origen romano la concepci贸n de la propiedad en sentido subjetivo, como sin贸nimo de Lanuda propiedad consiste en la propiedad de un bien pero sin tener el uso y disfrute del mismo. Se llama nudo propietario a la persona titular de ese derecho. Es el "due帽o" . 352 316 123 250 6 82 83 2 52